03 de abril de 2020

AYUDAS ALQUILER VIVIENDAS

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA APROBADAS POR EL GOBIERNO DE NAVARRA (Decreto-Ley Foral 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes por la crisis sanitaria del COVID 19)

Afectan a las subvenciones actuales de alquiler de vivienda protegida en cuanto a porcentajes, renovaciones, aplazamientos o perdón del pago de renta. También sobre la ampliación de personas destinatarias de las ayudas de alquiler de vivienda libre DAVID o EMANZIPA.

El Gobierno de Navarra aprobó el pasado 25 de marzo un paquete de medidas urgentes con motivo de la crisis sanitaria COVID 19.

Uno de los bloques de medidas se centra en la vivienda.

Para las personas inquilinas de vivienda protegida se ha acordado un incremento de la subvención para las personas y familias inquilinas de vivienda protegida, que tuvieran reconocida una subvención para el pago de la renta por el 25, 50 o 75%. A fecha 31/03/2020, se les concede automáticamente una subvención del 75% durante los meses de abril, mayo y junio. Esta concesión se realiza de oficio, no es necesario presentar ningún documento.

En el caso de que la subvención fuera mayor (90%) se continúa con ese mayor porcentaje de subvención.

Si no se tenía esa subvención a fecha 31/03/2020, se podrá solicitar la subvención mediante instancia dirigida al Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra, acreditando un cambio importante en su situación económica.

Así mismo, se procederá a la renovación automática de las anualidades de arrendamiento que vencían en abril, mayo o junio de 2020. En este caso no debe presentarse ninguna documentación. El arrendamiento se considera renovado de forma automática, con la subvención que se venía disfrutando hasta la fecha.

Se podrán solicitar aplazamientos del pago de la renta y perdón del pago de la renta (moras y condonaciones) directamente a la empresa que arrienda las viviendas.

En el caso de que la empresa apruebe el aplazamiento o el perdón del pago de alguna mensualidad, el Gobierno de Navarra facilitará esa concesión subvencionando a la empresa la cantidad concedida. Por ejemplo, si la subvención es del 75%, la empresa aplazará o perdonará el 25% y el Gobierno de Navarra abonará a la empresa ese 75%.

En el caso de personas inquilinas de vivienda libre y si se está inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida con anterioridad al 14 de marzo de 2020, se podrá solicitar, desde el 1 de abril de 2020, la ayuda para el alquiler DAVID (más información en la página web oficial de vivienda navarra.

La ayuda David se solicita telemáticamente, de forma on line sin aportar más documentación y para más información davidvivienda@navarra.es.

En el caso de estar en situación de desempleo a partir del 14 de marzo de 2020, se podrá solicitar desde el 1 de abril la ayuda para el alquiler EMANZIPA ((más información en la página web oficial de vivienda navarra). La tramitación es telemática, y en principio no es necesario aportar ninguna documentación.

Para resolver dudas o más información: emanzipa@navarra.es

 

La Dirección General de Vivienda del Gobierno de Navarra dispone de una web oficial para el detalle de estos programas y para la tramitación electrónica. https://www.vivienda.navarra.es

 

 

El correo electrónico de atención de la Dirección General de Vivienda es vivienda@navarra.es y el tfno de información general de Nasuvinsa: 848 42 06 00

 

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